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IVA en el comercio por Internet

Pese a que llevamos mucho tiempo utilizando la red para (casi) todo, el IVA en el comercio por Internet sigue siendo una asignatura pendiente para muchas personas.

En Luygo Asesores sabemos que no aplicar el tipo de IVA correcto puede generar enormes problemas a empresas y emprendedores. Por eso, vamos a repasar algunas claves sobre cómo y cuándo aplicarlo, de manera que puedas evitar disgustos con el IVA por Internet.

IVA en el comercio por Internet: cómo se aplica a ventas y comercio electrónico

En el art. 68.3,4 y 5 de la Ley del IVA se establece con claridad que la venta a distancia de bienes y servicios aplica. Es decir, el IVA en el comercio por Internet existe y ha de pagarse, o exponerse a importantes sanciones.

Sin embargo, las dudas surgen en función de algunas variables. ¿Qué pasa si el cliente está fuera de España? ¿Y si tengo la empresa en el extranjero? Vamos a repasar lo más importante, pensando en el caso de que tu empresa esté en España.

Habrás de aplicar el IVA en ventas por Internet si:

  • Tu empresa está en España (es decir, tiene allí su sede física).
  • El servidor de tu página web es español.
  • Si el comprador reside en España.

Sin embargo, hay algunas exenciones al IVA por Internet, en caso de que:

  • El comprador no resida en España, pero sí en la Unión Europea. En ese caso, el comprador (o la empresa compradora) deberán tributar el IVA en su país.
  • El comprador no reside en España ni en la Unión Europea. En ese caso, habremos de justificar ante la Administración (en este caso la autoridad aduanera) dicha exención.

En líneas generales, para los casos en los que el IVA no aplique, hemos de trasladar al cliente que seguramente tributará el IVA en origen. Es decir: que tendrá que pagar la tasa correspondiente, pero en su país.

¿He de aplicar el IVA de servicios o sólo de productos y bienes?

Con respecto a adquirir servicios en el extranjero, no será necesario pagar el IVA por la misma razón expuesta. Esto quiere decir que, si por ejemplo compramos unas clases de inglés a un profesor nativo americano por Internet, no tendremos por qué pagar el IVA.

Sin embargo, entramos aquí en un terreno pantanoso. Si nos dedicamos a comerciar con servicios y nos desgravamos el IRPF, es probable que recibamos inspecciones ya que, en la práctica, no estaríamos tributando.

Por eso, si vas a comerciar con servicios en el extranjero, te recomendamos guardar toda la documentación. Si compras bienes, es muy probable que tengas que pagar el IVA en aduanas, según proceda.

En suma, si te dedicas a vender por la red, has de saber que el IVA en el comercio por Internet debe ser algo que cobres y recaudes para la Administración, con las excepciones arriba contempladas. No obstante, si vas a comprar, dependerá de otros factores. En caso de duda, lo mejor es que consultes siempre a expertos como nosotros.

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